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Archivan la denuncia a un sacerdote de Teruel por agresión sexual a una catequista


La Audiencia Provincial de Teruel ha sobreseído provisionalmente las diligencias abiertas por el juzgado de Instrucción número 3 de Teruel contra un sacerdote investigado por delitos sexuales a una catequista. El tribunal, tras examinar con detenimiento las actuaciones, ha concluido que no existen indicios de que el investigado “haya mantenido una conducta susceptible de encontrar encaje en el delito de agresión sexual por el que ha sido denunciado”.

El recurso contra el auto dictado por el juzgado de Instrucción, el 14 de septiembre de 2023, fue presentado por el abogado del investigado que solicitaba el sobreseimiento de la causa, petición a la que también se adhirió el Ministerio Fiscal.

En sus fundamentos jurídicos, el tribunal concreta que la resolución dictada se centra y se ciñe en constatar “la existencia de indicios bastantes de la comisión, por parte del apelante, de un delito de agresión sexual”. No obstante, añade, la denunciante “no refiere la utilización de violencia o fuerza por parte del investigado, y de los datos ofrecidos en la denuncia y en la declaración prestada ante el Magistrado-Juez instructor resulta que no solo no llegó a mostrar su posible disconformidad con los mismos, sino que incluso llegó a facilitarlos”. “Lo que sí ha expuesto la denunciante es haberse sentido manipulada por el denunciado por cuanto, al ser éste su referente espiritual y religioso, confiaba plenamente en él y no era consciente de lo que estaba pasando”, añade el tribunal.

Entienden las magistradas que la denunciante “no es menor de edad, ni una persona con discapacidad, sino una persona mayor de edad, con elevado nivel intelectual y sin limitación de sus capacidades a pesar de sus patologías”, por lo que “no hay prueba de la que resulte que no era capaz de conocer la trascendencia de sus actos”. Además, agregan que no han apreciado “una situación de superioridad del denunciado respecto a la denunciante”, y tampoco “se ha probado una situación de vulnerabilidad de la denunciante de la que se hubiera podido aprovechar el investigado para la ejecución de los actos denunciados”.

Respecto a la posible vulnerabilidad de la denunciante, explican que “lo que presenta son rasgos vulnerables de la personalidad”, no “una vulnerabilidad tal que limite sus facultades intelectivas, cognoscitivas y volitivas”, según lo entienden tras valorar todos los informes y declaraciones de los profesionales que la han examinado. De ellos se desprende que “sus facultades intelectivas, cognoscitivas y volitivas no se hallaban modificadas y que su capacidad de autodeterminación, comprensión y voluntad no se hallaron mermadas en ningún momento”.

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Antea Morbioli

Hola soy Antea Morbioli Periodista con 2 años de experiencia en diferentes medios. Ha cubierto noticias de entretenimiento, películas, programas de televisión, celebridades, deportes, así como todo tipo de eventos culturales para MarcaHora.xyz desde 2023.

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