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LaLiga puede sumarse a la denuncia del Sevilla a Rea Madrid TV por los vídeos – MUNDO DEPORTIVO


Ayer sábado el Sevilla anunció que iba denunciar ante el Comité de Competición de la RFEF el vídeo que Real Madrid TV ha realizado contra el colegiado de mañana ante el equipo andaluz, Díaz de Mera. Ahora pueden pasar dos cosas. La primera es que se considere que no hay base jurídica para poder sancionar a la televisión del Real Madrid bajo el argumento de que el club es el propietario del canal pero no tiene por qué serlo de los contenidos que emite el mismo. De hecho no es la primera vez que se plantea una posible denuncia contra este tipo de vídeos. Ya lo ha hecho el propio estamento arbitral en el pasado pero no han dado el paso definitivo desde los propios servicios jurídicos de la RFEF porque no tenían garantías jurídicas de tener éxito. 

La segunda es que, dado que se trata de una denuncia externa y como ya contamos ayer en MD, la RFEF nombrará un juez instructor para este procedimiento extraordinario que podría durar hasta un mes y donde tendrá que elevar una propuesta de sanción al Comité de Competición. En este caso, y en el momento que se abra un procedimiento, LaLiga tiene intención de personarse en la misma para sumarse a la causa junto al Sevilla contra estos vídeos semanales sobre los colegiados de Primera división.

Consideran que los mismos exceden claramente la libertad de expresión, como también reflejó el club sevillano en su escrito, y que además se trata de una acción continuada. El problema radica en el vacío legal existente a este respecto porque la ley general de comunicación audiovisual le permite a cada medio tener su propia línea editorial y programación.

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Inicialmente la base sobre la que podría actuar el Comité de Competición, y el propio juez instructor, es el artículo 106 del Código Disciplinario relativo a las declaraciones a través de cualquier medio sobre los miembros del colectivo arbitral o miembros de los órganos de garantías normativas, donde se recogen las posibles sanciones.

En el mismo deja claro que “la realización por parte de cualquier persona sujeta a disciplina deportiva de declaraciones a través de cualquier medio mediante las que se cuestione la honradez e imparcialidad de cualquier miembro del colectivo arbitral o de los órganos de la RFEF; así como las declaraciones que supongan una desaprobación de la actividad de cualquier miembro de los colectivos mencionados cuando se efectúen con menosprecio o cuando se emplee un lenguaje ofensivo, insultante, humillante o malsonante, serán sancionados“. 

Cuando se trate de “futbolistas, técnicos/as, preparadores/as físicos, delegados/as, médicos/as, ATS/FTP o encargados/as de material” establece una sanción de partidos y económica “de cuatro a doce partidos de suspensión y multa en cuantía de 601 a 3.005,06 euros“. Y también recoge si fuera el caso de los clubes. “Tratándose de directivos/as, clubes o cualquier otra persona o entidad, con multa en cuantía de 601 a 3.005,06 euros“.





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Marc Valldeperez

Soy el administrador de marcahora.xyz y también un redactor deportivo. Apasionado por el deporte y su historia. Fanático de todas las disciplinas, especialmente el fútbol, el boxeo y las MMA. Encargado de escribir previas de muchos deportes, como boxeo, fútbol, NBA, deportes de motor y otros.

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