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Colombia gana millonario pulso internacional por prohibición de minería en Santurbán – Portafolio


El Tribunal Arbitral, constituido bajo los auspicios del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) puso fin al arbitraje que había iniciado la compañía Red Eagle Exploration Limited (Red Eagle) contra Colombia por la prohibición de la minería en ecosistemas de páramo y, particularmente, en el de Santurbán.

(Lea: Acuerdan delimitación de Santurbán para permitir minería ancestral).

Con un laudo favorable a Colombia, el Tribunal Arbitral determinó que el no incumplió el TLC Canadá-Colombia. 

De acuerdo con la Agencia de Defensa Jurídica del Estado (Andje), en el laudo, el tribunal Ciadi desestimó completamente las reclamaciones por expropiación y violación del Estándar Mínimo de Trato presentadas por Red Eagle, y reconoció que la prohibición de la minería en ecosistemas de páramo es un ejercicio legítimo de Colombia para regular en bien del interés general, especialmente en cuestiones relativas a la protección del medio ambiente. 

(Vea: Reanudan reuniones presenciales en delimitación de páramo de Santurbán).

En esta controversia internacional Red Eagle pedía una indemnización cercana a los 130 millones de dólares estadounidenses, alegando que las medidas adoptadas por las autoridades colombianas para prohibir la minería en Santurbán “le habían impedido desarrollar un proyecto minero en los títulos ubicados en el área del páramo de Santurbán y, en consecuencia, constituían una expropiación indirecta de su inversión bajo el Artículo 810 del TLC”, señaló la Andje mediante un comunicado de prensa.

Según informó la Agencia de Defensa, el tribunal Ciadi acogió los argumentos de defensa del Estado colombiano “y concluyó que la prohibición de actividades mineras en ecosistemas de páramo y su implementación en el páramo de Santurbán no constituyeron una expropiación de la inversión de Red Eagle”.

Archivo Portafolio.co

Además, el tribunal indicó que las medidas de Colombia no violaron el Estándar Mínimo de Trato del Artículo 805 del TLC “porque al momento de realizar su inversión, Red Eagle supo sobre la probable prohibición de la minería en ecosistemas de páramo y que las eventuales demoras en la delimitación obedecen a las complejidades técnicas y del proceso democrático y deliberativo llevado a cabo”.

Finalmente, la Andje, que está adscrita al Ministerio de Justicia, sostuvo que Colombia celebra esta decisión que reconoce el carácter no discriminatorio y la buena fe de las medidas adoptadas por el Estado para la protección del interés general.

Además: Los proyectos mineros están en el limbo por las nuevas reglas ambientales). 

Es de recordar que hace dos años el Ciadi había tomado una decisión similar frente a otra demanda contra Colombia por la prohibición de la minería en páramos. En ese caso se estudió una demanda de la empresa Eco Oro Minerals, que tenía un proyecto en el páramo de Santurbán y decía que hubo una expropiación por cuenta de la prohibición de la minería allí.

La demanda de Eco Oro Mineral era por más de 700 millones de dólares, pero el tribunal Ciadi determinó que la medida adoptada por Colombia no fue discriminatoria sino que buscaba proteger un fin legítimo, como lo es la protección del medioambiente y de ecosistemas sensibles como los páramos.

Con información Justicia EL TIEMPO



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Marc Valldeperez

Soy el administrador de marcahora.xyz y también un redactor deportivo. Apasionado por el deporte y su historia. Fanático de todas las disciplinas, especialmente el fútbol, el boxeo y las MMA. Encargado de escribir previas de muchos deportes, como boxeo, fútbol, NBA, deportes de motor y otros.

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